Cámara de Estaciones de Servicios, Garages y Afines de Rosario

API | Régimen de Regularización Tributaria

12-03-2021 - Remitimos información sobre el Régimen de Regularización Tributaria dictado determinado por la la Ley 14.025 y reglamentado por medio de la RG 11/2021 de API. El adjunto resumimos los principales puntos.

Régimen de regularización tributaria
La Legislatura de la provincia de Santa Fe por medio de la Ley 14.025 (arts. 20 a 33), estableció un Régimen de Regularización Tributaria para los siguientes impuestos, tasas y contribuciones provinciales, sus intereses y multas:
 
a) Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
b) Impuesto Inmobiliario Urbano, Suburbano y las mejoras no denunciadas oportunamente. 
c) Impuesto Inmobiliario Rural.
d) Impuesto de Sellos.
e) Contribución de Mejoras.
f) Impuestos a las actividades Hípicas - Ley N° 5317.
g) Patente Única sobre Vehículos.
h) Tasa Retributiva de Servicios.
i) Aportes al Instituto Becario.
j) Impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación.
k) Impuesto especial previsto en el artículo 2 de la ley N° 13582.
 
Principales particularidades del Régimen:
 
a) Se excluyen del presente régimen:
a. Los contribuyentes con proceso penal abierto por delitos tributarios.
b. Los agentes de recaudación del sistema denominado SIRCREB, por las retenciones o percepciones practicadas o no.
c. Los agentes de retención y/o percepción por los importes que hubieren retenido o percibido y que no fueron ingresados al fisco, multas y por cualquier otro concepto.
b) Podrán incluirse obligaciones fiscales devengadas hasta el 31 de octubre de 2020.
c) El interés será del 2% mensual (interés simple), se calculara desde su fecha de vencimiento hasta la de su efectivo pago o formalización del convenio respectivo.

d) La deuda se podrá cancelar:
a. De contado. En este caso, el interés se verá reducido en un 80%.
b. Convenios de Pago.
i. En hasta doce (12) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés del uno por ciento (1%) mensual aplicable sobre saldos, con una reducción de los intereses previstos en el punto c), de un treinta por ciento (30%).
ii. En hasta veinticuatro (24) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés del uno y medio por ciento (1,5%) mensual aplicable sobre saldos, con una reducción de los intereses previstos en el punto c), de un quince por ciento (15%).
iii. En hasta treinta y seis (36) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés del dos por ciento (2%) mensual aplicable sobre saldos.
iv. En hasta cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés del dos y medio por ciento (2,5%) mensual aplicable sobre saldos.
Los planes serán liquidados bajo el sistema alemán, se deberá abonar la primera cuota al momento de proponer el respectivo plan de pago, el importe de cada cuota no podrá ser inferior a quinientos pesos ($ 500).
 
e) Caducidad del convenio de pago:
a. Falta de pago de tres (3) cuotas consecutivas o alternadas, a los treinta (30) días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la tercera de ellas.
b. Falta de pago de hasta dos (2) cuotas del plan, a los treinta (30) días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.

f) Las deudas devengadas entre el 1 de Marzo de 2020 y el 31 de Octubre de 2020 podrán ser canceladas con un interés resarcítorio del cero por ciento (0%) o mediante planes de pago sin interés de financiación en los plazos previstos d).

El API, por medio de la Resolución General 11/2021, reglamento el régimen de regularización tributaria, principales puntos:
 
a) Podrán incluirse obligaciones fiscales devengadas hasta el 31 de octubre de 2020.
 
b) Se fija un cronograma a fin de solicitar las liquidaciones de deuda para formalizar el plan de pago, de acuerdo al siguiente detalle:
a. Hasta el 27 de mayo de 2021, cuando las liquidaciones deban ser gestionadas en las dependencias de la API o en las Municipalidades o Comunas.
b. Hasta el 28 de mayo de 2021, cuando las liquidaciones se generen desde el sitio web.
 
c) El plazo para el acogimiento será desde el 1 de marzo de 2021 hasta el 31 de mayo de 2021.
 
Whatsappeanos