Cámara de Estaciones de Servicios, Garages y Afines de Rosario

Decreto 297/20: alcances y operatoria de las EESS

20-03-2020 - Informamos a nuestros asociados sobre los alcances del Decreto de Necesidad y Urgencia 297/20, cuyo artículo 6 inciso 23 exceptúa a las Estaciones de Servicio de las restricciones. Incluimos un certificado para autorizar la circulación de empleados.

Alcances del Decreto de Necesidad y Urgencia 297/20

En el mismo se establece el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, desde la medianoche de este viernes hasta el 31 de marzo inclusive, quedando algunas actividades y servicios exceptuadas por considerarse “esenciales”. Mediante estas consideraciones especiales, el Gobierno apunta a asegurar el abastecimiento de alimentos, medicamentos y combustibles y el funcionamiento del sistema de sanidad y de seguridad.

El artículo 6° del Decreto, determinó que los desplazamientos de “las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales” deberán “limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios”, motivo por el cual es importante entregarle a los empleados que circulen de sus hogares a su puestos de trabajo una nota de la empresa aclarando dónde trabajan (domicilio, nombre de la empresa y que están afectados a la prestación de un servicio esencial, lugar de trabajo, días y horarios).

El certificado permitirá exclusivamente a los empleados desplazarse al lugar de trabajo en los horarios y días establecidos, limitando la circulación fuera de dichos horarios. Deberá ser rubricado por el representante legal de la empresa.

Esperando que sea de utilidad, aprovechamos la ocasión para saludarlos cordialmente.

La Comisión Directiva.
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