Cámara de Estaciones de Servicios, Garages y Afines de Rosario

Inspecciones Ministerio de Trabajo Santa Fe por COVID-19

20-04-2020 - Estimados, le remitimos esta información elaborada por nuestro asesor en Higiene y Seguridad, Lic. Mariano Sobrero.

Le recordamos que deben enviar a la dirección de mail protocolocovid@santafe.gob.ar el Protocolo Covid-19 y las DDJJ de todos los trabajadores y recibir la respuesta respuesta automática de dicho correo.

Realizado el 1º paso, la PRESENTACIÓN OBLIGATORIA, viene el 2º paso que es la INSPECCIÓN DEL MTEySS DE LO QUE INFORMÓ y DECLARÓ CUMPLIR. Por ello es MUY IMPORTANTE que lo hayan CUMPLIMENTADO con las acciones correspondientes.

Adjuntamos ACTA DE VERIFICACIÓN con la que el MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL los estará auditando en vuestros establecimientos, por tal recomiendo verificar detenidamente punto a punto para que no esté faltando ninguno.
Además, adjuntamos archivo de actualización, que como ANEXO I deberán incorporar al protocolo, firmar e implementar.

Puntos muy importantes a tener en cuenta:
1- Recomendamos confeccionar una carpeta/bibliorato e incorporar dentro de él todo lo referido al tema “coronavirus” (protocolo covid-19, capacitaciones, fichas de limpieza y desinfección, registros de toma de temperatura, planillas de entrega de elementos de protección personal, DDJJ del personal, etc.).

2- ACREDITAR PROTOCOLO COVID-19 no sólo es contar en formato físico con el Protocolo Prevención covid-19, sino también tenerlo firmado por la Empresa, Servicio de Medicina e IMPLEMENTARLO, es decir, por ejemplo, si no usamos todos los elementos de protección personal recomendados, no intensificamos la limpieza y desinfección por sector y lo registramos, no realizamos la toma de temperatura al personal del turno ingresante y la registramos, etc., NO ESTAREMOS IMPLEMENTANDO EL PROTOCOLO COVID-19.

3- Recuerden que según Res. MTEySS 41/2020, la confección, adopción, publicación (en lugar visible de la empresa) e implementación del PROTOCOLO COVID-19 es RESPONSABILIDAD de la EMPRESA en conjunto con el SERVICIO DE MEDICINA, el PROTOCOLO DE TRASLADO DE LOS TRABAJADORES, EL PROTOCOLO DE DESINFECCIÓN Y LIMPIEZA de los distintos sectores de la empresa y registro de las mismas, el REGISTRO DE CAPACITACIÓN del personal y demás artículos son RESPONSABILIDAD del EMPLEADOR, por tal, están en TODO SU DERECHO de modificar, reemplazar o cambiar cualquier parte del protocolo RECOMENDADO si lo consideran pertinente.

4- Según Dec. Prov. 347/20 todas las personas (dentro y fuera del local) deben usar de manera OBLIGATORIA TAPABOCA.

5- El uso de alguna barrera física de protección es OBLIGATORIO y de forma PERMANENTE en TODA LA JORNADA DE TRABAJO Y EN EL TRASLADO DEL OPERARIO CASA-TRABAJO IDA Y VUELTA para TODO el personal de la empresa.

6- Los cambios de metodologías y definiciones en materia CORONAVIRUS COVID-19 cambian día a día, por tal iremos periódicamente actualizando información y enviándosela por este medio.
 
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